El Presidente Javier Milei ha implementado nuevas restricciones sobre el acceso a la información pública del Gobierno mediante el Decreto 780/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial. Esta medida afecta tanto a la información relativa a los actos del Gobierno como a la actividad privada y parte de la pública de los funcionarios.
El decreto introduce criterios que limitan el acceso de los ciudadanos, ya sea de manera individual, colectiva o a través de los medios de comunicación, a los datos de la administración nacional.
Esta reforma modifica significativamente la Ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, la cual se basaba en el artículo 75 de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales relacionados. Aunque el decreto reconoce principios como la publicidad de los actos de Gobierno, la participación ciudadana y la transparencia, en la práctica limita la información que la administración de La Libertad Avanza (LLA) está dispuesta a hacer pública.
Bajo esta nueva normativa, el Poder Ejecutivo tendrá la facultad de determinar qué información será considerada de interés público y, por ende, podrá ser divulgada.
Entre las principales restricciones, el decreto establece que no se considerará información pública aquella que contenga datos de carácter privado. Esto incluye detalles sobre eventos en la Quinta de Olivos, como reuniones familiares, información sobre mascotas o visitas privadas que no se relacionen directamente con la gestión pública.
Además, el decreto prohíbe la difusión de «deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo o exámenes preliminares» sobre temas o actos de gobierno. Esto implica que las anotaciones personales realizadas durante reuniones o en agendas no serán consideradas documentos oficiales ni podrán ser revisadas.
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