Entró en vigencia el decreto 765/2024, con el que el gobierno de Javier Milei modifica significativamente la normativa sobre derechos de autor. Se eliminó de esta forma los impuestos de SADAIC a salones de fiesta y hoteles por pasar música registrada.
Entre los principales cambios, aparece internet como nuevo espacio público, por lo que se exigirá la autorización de los creadores de la obra para poder reproducirla a través de este medio.
Otro de los puntos más destacados de la medida es que establece que hoteles, bares y salones de fiestas no deberán pagar ningún porcentaje a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC).
En su conferencia de prensa diaria, el vocero presidencial, Manuel Adorni, hizo alusión a esto último: “Significa, por ejemplo, que los hoteles no van a tener que pagar por la música o las películas que pasen, lo que mejorará el precio de la tarifa. Esto muchas veces alcanzaba el 10% del costo del servicio del hotel y no sólo eso sino en todo lo que respecta al turismo”.
La ordenanza sostiene: “Que la definición vigente de representación o ejecución pública, incluida en el artículo 33 del decreto N° 41.223/34, cuya última modificación fue dispuesta en el año 1945, debe ajustarse razonablemente al espíritu de la norma reglamentada y a la finalidad que la Ley N° 11.723 persigue con una mirada acorde a la realidad imperante en el siglo XXI”.
Asimismo, afirma: “Resulta necesario redefinir el concepto de ejecución pública con el fin de clarificar, con un alcance actual y razonable, su ámbito de aplicación y garantizar un efectivo resguardo de los derechos de los autores, excluyendo de sus alcances a las representaciones o ejecuciones que se desarrollen en un ámbito privado, de acceso restringido para el público general”.
Sectores de la cultura se ven revolucionados por este golpe a SADAIC. En este sentido, Diego Boris, músico independiente, expresidente del Instituto Nacional de la Música (INAMU) declaró que “Si bien el decreto pretende clarificar el término de ejecución pública de las obras artísticas, restringe el cobro de los derechos intelectuales en lo que se refiere a comunicación al público. ¿Por qué lo restringe? Porque da definiciones vagas, confusas, que van a dar lugar a judicializaciones. La persona que tiene que pagar, si quiere evitarlo, lo hace. Y prefiere judicializar”.
Asimismo, Boris señala que “Nos llama la atención porque el ministro de Justicia expresó su desconocimiento en el tratamiento de la Ley Omnibus diciendo que había escrito un libro que no tenía derecho, cuando para eso está CADRA (Centro de Administración de Derechos)”.
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